DECLARACION JURADA DEL VALOR EN ADUANA


    Disposiciones Generales:
  • La falsa declaración en el presente documento constituye delito de acuerdo al artículo 168 de la ley general de Aduanas Nº 1990 del 28 de julio de 1999.
  • La falsificación de documentos aduaneros consituye delito conforme al artículo 173 de la ley General de Aduanas Nº 1990 del 28 de julio 1990
  • Las Facturas y todos los documentos que respladan la presente DECLARACIÓN JURADA DEL VALOR DE ADUANA constituirán parte de la misma, debiendo adjuntarse firmados al reverso por el importador de las mercancías.
  • La presente DECLARACIÓN JURADA DEL VALOR DE ADUANA deberá ser llenada y firmada por el importador de las mercancías.
  • Vea el texto completo del:
    ACUERDO RELATIVO A LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO VII
    DEL ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y
    COMERCIO DE 1994